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DECRETO DE CONDICIONES MINIMAS DE CENTROS RESIDENCIALES



            Leyendo un blog sobre temas de mayores, he tenido conocimiento de que en el País Vasco se ha aprobado el decreto de centros residenciales para personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco que regula los requisitos materiales, funcionales y de personal que deben reunir los centros residenciales para personas mayores y establece las condiciones para su autorización de funcionamiento, acreditación y homologación en su caso. El anterior decreto era del año 1998 y había sido modificado en dos ocasiones. Creo que todavía no se ha publicado en el boletín oficial del País Vasco, pero he encontrado el borrador del mismo, y le he echado un vistazo. Sin profundizar mucho en su contenido, me ha llamado la atención como en el mismo se recoge dentro de los requisitos funcionales que el modelo de atención esté fundamentado en el modelo de atención integral y centrado en la personal, en el modelo de gestión de calidad y en la garantía de derechos. Hasta enumera registro y protocolos de atención que regulen unos mínimos. En cuanto a requisitos material destaco que regula que los centros no tengan más de 150 plazas o que recoja que por lo menos el 75% del total de dichas plazas deben ser habitaciones individuales (cito textualmente: dada la importancia que tiene la intimidad personal para la convivencia, se recomienda como tipo ideal la habitación individual).

            En Aragón,  el decreto que regula las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados es del año 1992, y entre los profesionales de lo social lo conocemos como el “decreto de mínimos”. Con la aprobación, en primer lugar, de la ley de dependencia del año 2006 y, posteriormente, de la Ley de Servicios Sociales de Aragón en el 2009 se hace necesario que se modifique dicho decreto, que ya se ha quedado obsoleto.  Desde nuestro sector llevamos ya reclamando desde hace tiempo su modificación, que se adapte a la nueva realidad que estamos viviendo en lo que respecta a la atención de personas mayores.
            Los centros residenciales de mayores han cambiado mucho en las últimas décadas, así como los perfiles y nuevas necesidades, se están implantando nuevos modelos intervención (modelo de atención centrada en la persona) y de trabajo, se valora como muy positivo el apoyo y participación de la familias en la atención de nuestros mayores…. Todo ello hace necesario una revisión de la normativa existente.
            Ya solo queda esperar que el recién conformado nuevo Gobierno de nuestra Comunidad Autónoma no deje olvidado el DECRETO DE MINIMOS en un cajón y se ponga manos a la obra en esta segunda legislatura para su modificación y adaptación a la nueva realidad que estamos viviendo.  Y por supuesto, tal y como lo viene haciendo hasta ahora, con un proceso participativo en el que tengamos cabida todos los agentes sociales intervinientes.
            Con esta ilusión en la cabeza os deseo un feliz mes de agosto. Por aquí ya huele a albahaca pre-laurentis……

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