Esta duda tenía el hijo de un residente que ha ingresado hace poco en
estancia temporal en nuestro centro.
Hago un pequeño inciso sobre lo que son las estancias temporales: según
la normativa vigente en nuestra Comunidad Autónoma las Estancias Temporales en
centros residenciales son un recurso para personas valoradas con grado de
dependencia que se pueden pedir por 3 motivos:
Ø
Por un empeoramiento puntual de la situación de
dependencia en espera de una mejoría, debido a una operación programada o a
cualquier otra circunstancia.
Ø
Por una situación sobrevenida y temporal del
cuidador que impida que pueda continuar prestando los cuidados que necesita la
persona en situación de dependencia. Por ejemplo una operación, un accidente, un cambio laboral...etc.
Ø
Por descanso del cuidador
Para los dos primeros supuestos, la estancia temporal se puede alargar
hasta 2 meses y para el último, como máximo es de un mes.
La mayoría de los casos que ingresan en nuestro centro en estancia
temporal son por empeoramiento del estado de salud de la persona dependiente:
una caída, rotura de cadera, un ictus….etc. Así que la estancia temporal muchas
veces es el recurso para solventar de manera rápida un alta hospitalaria y
mientras tanto, la familia tiene que pensar que hacer con su familiar, si
seguir atendiéndolo en el domicilio o buscar otra solución.
En este dilema estaba el hijo de este residente. Y cuando llegó a mi
despacho para realizar la entrevista previa de ingreso en la que recojo la
información del estado de salud y sociofamiliar del futuro usuario, él ya se
había informado de todas las posibilidades y alternativas que tenía ante la
nueva situación de dependencia de su padre. Así que mi labor, fue matizar
algunos aspectos y aclarar otros sobre los que tenía dudas.
Las dos opciones que barajaba era:
n
Que después de la estancia temporal su padre
volviera a su casa, donde además tenía a su madre, de más de 80 años, pero que
estaba bien de salud.
n
Buscar plaza de residencia privada mientras se
le concedía la plaza pública.
Analizando más en profundidad cada alternativa surgían los siguientes aspectos:
-
Si llevaba a su padre a casa tenía que adaptar la
vivienda para su padre. Es decir, compra o alquiler de cama articulada,
adaptación del baño, puertas…etc
-
Debido a la edad de su madre, y para no sobrecargarla,
tenía que contratar a una persona de manera fija e interna, y a otra persona
para darle los descansos oportunos a la anterior. Ya había mirado costes
económicos y hasta tenía pensada la persona que podía ser, aunque no había
hablado con ella.
-
La residencia no le parecía mala opción., pero le daba pena llevar a su padre a su
residencia.
-
Además, la residencia pública era una opción más
económica que los cuidados en casa.
-
La plaza pública de residencia no se le iba a conceder
a corto plazo, por lo que había que mirar plaza de residencia privada. Ya había
estado mirando residencias que más o menos estuvieran bien, pero en la
localidad donde vive no había plazas libres, estaban todas llenas, por lo que
había que mirar en localidades cercanas, lo que suponía un alejamiento de ellos
pero sobre todo de su madre, y no le acaba de gustar la idea.
La verdad es que lo tenía todo muy pensado y valorado, y solo le quedaba
por hacer los trámites correspondientes para pedir plaza de residencia pública,
e ir adaptando la vivienda, y mientras tanto, la estancia temporal es el recurso intermedio que supone un
periodo de dos meses para poder hacer los trámites y gestiones para solucionar
la nueva situación familiar que están viviendo.
Os dejo el enlace de la entrevista que le hicieron en el programa " El intermedio" a José MAnuel Ramírez, presidente del Observatorio Estatal de la Dependencia, en donde habla también de los recursos para atender a las personas en situación de dependencia en su entorno más cercano La sexta. Pincha aqui
¡Que paseis un feliz día!
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